Desde hace años cada vez más empresas y trabajadores eligen el teletrabajo como forma de trabajar, ya que es una de las opciones más valoradas por los trabajadores actualmente.

Las nuevas tecnologías nos permiten disfrutar de esta opción, una opción necesaria en los tiempos actuales (conciliación familiar, flexibilidad laboral, crisis sanitarias, etc…).

El teletrabajo lo podríamos definir como el trabajo completo o mayoritario (más del 50% de la jornada) que una persona realiza para una empresa desde un lugar distinto a las instalaciones de la empresa (en el domicilio del trabajador o en un lugar libremente elegido por el trabajador), por medio de un sistema de telecomunicación”.

Ventajas del teletrabajo

¿Qué beneficios tiene el teletrabajo? Además, de lo evidente, vamos a hacerte un listado:

  • Mayor conciliación y flexibilidad
  • Ahorro de tiempo en los desplazamientos al trabajo
  • Ahorro de dinero para el trabajador al no tener que desplazarse a la oficina y para la empresa al tener que disponer de instalaciones más pequeñas y con un coste de mantenimiento mucho menor (consumo de electricidad, calefacción, agua, limpieza, datos, etc…).
  • Aumento de la productividad, ya que el trabajo será principalmente por objetivos.
  • Reducción de la contaminación.
  • Retención del talento y atracción de los empleados más preparados.
  • Reducción del absentismo laboral.
  • Menos conflictos de personal en la empresa.
  • Menos estrés para los trabajadores.
  • Mayor autonomía para los trabajadores, ya que tienen libertad para organizar su tiempo de trabajo, pueden decorar su espacio de trabajo a su gusto, no deben acudir a la oficina manteniendo el “dress code” de la empresa, etc.
  • Se elimina el “presentismo” de las empresas.
  • Mejorará la opinión del trabajador respecto a la empresa.
  • Permite integrar a personas con discapacidad. Las personas que tienen dificultades para desplazarse al centro de trabajo podrán tener con el teletrabajo la oportunidad de trabajar..
  • Evita el contagio de determinadas enfermedades en el centro de trabajo.

Desventajas de teletrabajar

  • A veces no resulta fácil desconectar, por ello es muy recomendable disponer de determinado espacio dentro de la casa para el trabajo -una “minioficina”- y marcarse horarios.
  • Sedentarismo que puede conllevar problemas de salud.
  • El trabajador podría identificarse menos con la empresa. Al trabajar a distancia, el empleado puede sentirse ajeno a la empresa, con un menor sentimiento de pertenencia. También dificulta la realización de trabajos en equipo.
  • Al trabajador dispone de menos información del día a día de la empresa y tiene una menor colaboración con el resto de los compañeros.
  • Puede haber conflictos con la familia, especialmente cuando hay mucho trabajo o tensión.
  • Se generan algunos gastos para el trabajador, al permanecer más tiempo en casa es posible que el consumo eléctrico y de calefacción o aire acondicionado aumenten.

Una vez que hemos explicado las ventajas y desventajas del teletrabajo, ya podemos comentar otros aspectos también importantes al respecto.

Ponderación Experiencia de Empleado

 

¿Es obligatorio o voluntario?

 El teletrabajo es voluntario para el trabajador y la empresa.

El teletrabajo debe estar registrado en el convenio, y si no fuera así, es necesario que esté regulado por escrito, bien en el momento de la contratación o bien posteriormente, ya que solo habrá obligatoriedad recíproca en el momento de la firma del contrato.

¿Qué derechos tiene una persona que está teletrabajando?

Un teletrabajador tiene los mismos derechos que un trabajador que realiza su jornada laboral en el centro de trabajo de la empresa, excepto aquellos derechos que estén directamente vinculados al desempeño de la actividad laboral de forma presencial en la propia empresa.

  • Derecho a recibir formación.
  • Derecho a recibir información sobre los puestos de trabajo vacantes.
  • Derecho a estar amparados en el tema de la seguridad y de la vigilancia de la salud, como comentamos más adelante.
  • Derechos de representación colectiva, ya que están a un centro de trabajo de la empresa.

Equipos de trabajo 

La empresa debe dotar, instalar y mantener al empleado de los equipos necesarios para poder realizar el teletrabajo.

Todos estos medios que la empresa le proporciona, deben quedar recogidos por escrito.

Esto siempre aplicando la lógica, por ejemplo, lo más normal es que el trabajador ya tenga contratado internet en casa, por lo que no será necesario contratar una nueva conexión, lo que se suele hacer en estos casos para que todos ganen es por ejemplo compartir ese gasto.

Desconexión digital

Los teletrabajadores tienes el mismo derecho a la Desconexión Digital que los trabajadores en el centro de trabajo, es decir, en la era de la hiperconectividad, se debe limitar del uso de la comunicación digital (emails, mensajería instantánea, etc…) para garantizar el tiempo de descanso y vacaciones de los trabajadores de la empresa.

El 51% de los trabajadores españoles afirma responder correos electrónicos y atender llamadas de trabajo durante las vacaciones, en fines de semana o fuera de la jornada laboral.

Control del trabajo y de la jornada laboral

La empresa sí puede controlar el trabajo del trabajador, pero antes de iniciar ese control, se lo debe advertir, indicando cómo se va a realizar.

Respecto al control de la jornada laboral, los teletrabajadores sí están obligados a establecer un registro de la jornada laboral y consérvalo durante 4 años.

Estos registros horarios deberán estar disponibles para los trabajadores, para los representantes legales y para las inspecciones de trabajo, es decir, exactamente igual que para los trabajadores en un centro de trabajo.

Prevención de riesgos laborales en el teletrabajo

No existe normativa específica que regule esta especialidad, aunque permanece la máxima en este ámbito “La empresa es responsable de la protección de la salud y seguridad profesional del trabajador” por lo tanto del teletrabajador».

La empresa debe informar al teletrabajador sobre la política en materia de salud y seguridad en el trabajo, en particular sobre las exigencias relativas a las pantallas de visualización.

Para asegurar que se cumple en esta materia, los representantes de los trabajadores y/o las autoridades competentes tienen acceso al lugar de teletrabajo, dentro de los límites de la legislación y los Convenios Colectivos nacionales. 

El teletrabajador tiene derecho a solicitar visitas de inspección.

Es posible que para conocer los riesgos laborales que se dan en el lugar de trabajo que se ha destinado a ello dentro del domicilio, debería procederse a la evaluación del lugar de trabajo, siempre preservando la intimidad del teletrabajador.

El teletrabajador puede negar la entrada para la realización de esta evaluación de riesgos, pero debería dejar constancia de ello.

Como resumen, el teletrabajo aplicado con lógica a los puestos de trabajo susceptibles de poder trabajar desde fuera de  la oficina es una muy buena opción para todos, además es una forma de trabajar que tiene un gran potencial ya que según datos del INE sólo el 27% de las empresas apuestan por el trabajo en remoto y el 1,3% de los trabajadores españoles disfruta de esta opción.

Además, el teletrabajo puede mejorar la experiencia del empleado de las empresas.

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